
El Juzgado de Garantía de Ovalle dejó el martes 13 de mayo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a L.E.D.B., imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones graves. Ilícito perpetrado el domingo recién pasado, en la comuna.
En la audiencia de formalización, el magistrado Darío Díaz Peña y Lillo ordenó el ingreso en prisión de L.E.D.B. por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, fijó en 90 días el plazo de investigación.
Según el ente persecutor, aproximadamente a las 05:27 horas del 11 de mayo de 2025, el imputado condujo en estado de ebriedad un vehículo marca Hyundai por la avenida Costanera de la comuna de Ovalle a una velocidad no razonable ni prudente. En dichas condiciones, en aproximadamente el kilómetro 7 de la ruta, L.E.D.B. perdió el control del automóvil, desvió su trayectoria, se salió de la ruta y volcó en el lugar.
A consecuencia del accidente, una de las pasajeras resultó policontusa de carácter grave por lo que quedó hospitalizada; en tanto, una segunda acompañante salió eyectada del vehículo y quedó con lesiones graves (TEC grave y múltiples fracturas) que le costaron la vida en hospital de Ovalle.
Al resolver la prisión preventiva del imputado, el juez Díaz Peña y Lillo sostuvo que:
“Primero, hay que considerar que el hecho es grave, porque lamentablemente resultó fallecida una persona. Segundo, que la pena probable en teoría podría llegar a presidio mayor, considerando la tesis planteada por la defensa de considerar esto como un solo hecho que tiene consecuencias, pero es imposible no considerar la extensión del mal causado”.
“Tampoco parece desproporcionada la solicitud de prisión preventiva en esta etapa procesal si con los antecedentes que hoy día se disponen se hace una proyección eventual de pena, porque hay una norma que en principio debiese aplicarse y que obliga que quien sea condenado por estos delitos tenga que cumplir la pena privado de libertad a lo menos por un año”, concluyó el juez.