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JUZGADO DE GARANTÍA DE LA SERENA PROHIBE COMUNICARSE ENTRE SÍ A MILITARES IMPUTADOS POR OBSTRUCCIÓN A LA INVESTIGACIÓN

El Juzgado de Garantía de La Serena dejó este lunes 4 de abril sujetos a la medida cautelar de prohibición de comunicarse entre sí y con los coimputados, a los efectivos del Ejército A.A.T.S., K.M.G.M. y S.M.J.A.G., sindicados por el Ministerio Público como autores del delito de obstrucción a la investigación. Ilícito perpetrado en octubre de 2019, en la ciudad.
En la audiencia de formalización (causa rol 8.078-2019), el magistrado Alain Maldonado Liberona consideró suficiente la medida cautelar de prohibición de comunicación para salvaguardar el éxito de la investigación. Además, fijó en 90 días el plazo de investigación de esta arista.
Al resolver la cautelar que deberán cumplir los militares, el magistrado rechazó la solicitud de arraigo nacional formulada por la fiscalía, al considerar que los imputados, pese a no haber sido notificados legalmente, comparecieron a la audiencia, por lo que “(…) no se dan los elementos para imponer la medida cautelar de arraigo nacional”, razonó.
En cambio, afirmó, en la especie: “Se dan los supuestos legales para dar la cautelar personal de comunicación de estos imputados formalizados el día de hoy con los otros imputados de la misma causa que han sido hasta ahora formalizados por otros delitos distintos, pero para poder implementar esta medida en su lugar de trabajo se necesita una forma de saber cómo se va a implementar, por la autoridad donde desempeñan sus funciones, esta prohibición”, por lo que fijó para las 09:15 horas del próximo miércoles 27 de abril, una audiencia para definir la forma concreta en que se dará cumplimiento a la medida cautelar impuesta.
Según el ente persecutor, el 20 de octubre de 2019, los imputados concurrieron en calidad de jefes de escuadra del Ejército, a controlar los incidentes que tenían lugar en el centro comercial Mall Plaza La Serena, intervención de los efectivos militares que terminó, entre otros, con las víctimas Romario Veloz fallecida y César Véliz, con heridas graves por impactos de balas de guerra.
En dicho contexto, el oficial A.A.T.S. no informó que dos subalternos bajo su mando, habían utilizado los fusiles Galil que portaban con munición de guerra. Asimismo, durante la investigación, A.A.T.S. sostuvo falsamente ante el Ministerio Público, que había realizado un conteo riguroso de la munición de fogueo y de guerra que habían utilizado los integrantes de la escuadra.
Respecto de la participación del subteniente del Ejército K.M.G.M., la fiscalía le atribuyó responsabilidad al firmar el recibo de devolución de un fusil utilizado en los incidentes, arma que fue disparada con munición de guerra, según los peritajes realizados por efectivos de la Policía de Investigaciones, y que informó falsamente al fiscal del Ministerio Público, el 10 de agosto de 2021, que retiro el fusil sin haber sido utilizado el día de los hechos.
En tanto, S.M.J.A.G. en calidad de jefe de escuadra, ocultó que había disparado munición de guerra con el fusil que portaba el 20 de octubre y, además, aseveró falsamente que, tras el incidente, realizó un adecuado conteo de la munición de guerra y fogueo que utilizaron los integrantes de la escuadra bajo su mando.

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